viernes, 20 de noviembre de 2009

entreviero


Según la regla de exclusión debe ser excluido para su valoración cualquier elemento de prueba que se haya obtenido o incorporado al proceso en violación de una garantía constitucional o de las formas procesales que no quiero ser más el café que te espera ni un país re grande en donde te cruzo a veces ni el idioma que no se traduce, no quiero más traspapelarme entre tus noches ni quiero irme sucia de tus recuerdos, dispuestas para su producción. Así, resultan ilegítimas ni que tu silencio se mezcle entre mis prendas íntimas ni entreverarte entre mis hojas, y en consecuencia invalorables las pruebas que se obtengan de, por ejemplo, una denuncia hecha en que simplemente no puedo sacarte de mis cosas.

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